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Santa Sede
¿Qué es un Sínodo?

El Sínodo de los Obispos es una institución permanente, creada por el
Papa Pablo VI (15 de septiembre de 1965), en respuesta a los deseos de
los Padres del Concilio Vaticano II para mantener vivo el espíritu de
colegialidad nacido de la experiencia conciliar.

Corresponde únicamente al Sumo Pontífice: Convocar el
Sínodo de los Obispos, siempre que lo considerare oportuno, designando
también el lugar donde tengan que realizarse las Asambleas; ratificar la
elección de los miembros o participantes; establecer los temas de las
cuestiones a tratar; transferir, suspender, disolver el mismo Sínodo, y
deliberar sobre sus propuestas.
Un Sínodo es un encuentro religioso o asamblea en la
que unos obispos, reunidos con el Santo Padre, tienen la oportunidad de
intercambiarse mutuamente información y compartir experiencias, con el
objetivo común de buscar soluciones pastorales que tengan validez y
aplicación universal. El Sínodo puede ser definido, en términos
generales, como una asamblea de obispos que representa al episcopado
católico y tiene como tarea ayudar al Papa en el gobierno de la Iglesia
universal dándole su consejo. El Papa Juan Pablo II decía que el Sínodo
es "una expresión particularmente fructuosa y un instrumento de la
colegialidad episcopal" ( Discurso al Consejo de la Secretaría General
del Sínodo de los Obispos , 30 de abril de 1983: L'Osservatore Romano ,
1 de mayo de 1983). Ya en la fase preparatoria del Concilio Vaticano II
maduró la idea de una estructura, todavía por determinar, que pudiera
proporcionar a los obispos los medios para asistir al Papa en el
gobierno de la Iglesia universal. El Cardenal Silvio Oddi, entonces
Pro-Nuncio Apostólico en la República Árabe Unida (Egipto), hizo una
propuesta, el 15 de noviembre de 1959, para establecer un órgano de
gobierno central de la Iglesia o, usando sus palabras, "un órgano
consultivo". Decía: "Desde muchas partes del mundo llegan quejas de que
la Iglesia no tenga, aparte de las Congregaciones, un órgano permanente
de consulta. Por tanto debería establecerse una especie de 'Concilio en
miniatura' formado por personas de toda la Iglesia, que pueda reunirse
periódicamente, al menos una vez al año, para tratar los problemas más
importantes y sugerir nuevas posibles direcciones en la marcha de la
Iglesia.".
El Cardenal Bernardus Alfrink, Arzobispo de Utrecht, escribió el 22 de
diciembre de 1959: "Con términos claros proclama el Concilio que el
gobierno de la Iglesia universal es, por derecho propio, ejercido por el
colegio de los obispos con el Papa como cabeza. De aquí se deduce que,
por una aparte, el cuidado de la Iglesia universal es responsabilidad de
cada obispo tomado singularmente y también, por otra parte, que todos
los obispos participan en el gobierno de la Iglesia universal. Un
consejo permanente de obispos especializados, elegidos de toda la
Iglesia, podría encargarse de una función legislativa en unión con el
Sumo Pontífice y los cardenales de la Curia Romana".
Fue, sin embargo, el Papa Pablo VI, siendo todavía Arzobispo de Milán,
quien dio fuerza a estas ideas. En el discurso conmemorativo con ocasión
de la muerte del Papa Juan XXIII, hacía referencia a una "continua
colaboración del episcopado, todavía no efectiva, que permanecería
personal y unitiva, pero que tendría la responsabilidad del gobierno de
la Iglesia universal".
Elegido Papa, volvió al concepto de colaboración en el colegio episcopal
- los obispos en unión con el sucesor de S. Pedro en la responsabilidad
del gobierno de la Iglesia universal - en el discurso a la Curia Romana
(21 de septiembre de 1963), en la apertura de la segunda sesión del
Concilio Vaticano II (29 de septiembre de 1963), y en la clausura de la
misma (4 de diciembre de 1963).
Finalmente, al concluir el discurso inaugural de la última sesión del
Concilio (14 de septiembre de 1965), el mismo Papa Pablo VI hizo pública
su intención de instituir el Sínodo de los Obispos con estas palabras:
"Tenemos la alegría de anunciaros Nos mismo la institución, tan deseada
por este Concilio, de un Sínodo de los obispos, que, compuesto de
obispos, nombrados la mayor parte por las Conferencias episcopales con
nuestra aprobación, será convocado, según las necesidades de la Iglesia,
por el Romano Pontífice, para su consulta y colaboración, cuando, para
el bien general de la Iglesia, le parezca a El oportuno. No es necesario
añadir que esta colaboración del episcopado tiene que ser de gran
beneficio a la Santa Sede y a toda la Iglesia, de modo particular al
cotidiano trabajo de la Curia Romana. Las normas y demás información
serán dadas a conocer cuanto antes a esta asamblea. Esta nueva
institución, singular y esperanzadora, la ponemos bajo la protección de
la Santísima Virgen María".
Al día siguiente (15 de septiembre de 1965), al inicio de la 128ª
Congregación general, el entonces Obispo Pericle Felici, Secretario
General del Concilio, promulgó el Motu Proprio Apostolica sollicitudo
con el cual venía oficialmente instituido el Sínodo de los Obispos. La
principal característica del Sínodo de los Obispos es el servicio a la
comunión y a la colegialidad de todos los obispos con el Santo Padre. No
es un organismo particular con limitada competencia como las
Congregaciones y los Consejos de la Curia Romana. Tiene amplia
competencia para tratar cualquier tema de acuerdo con el procedimiento
establecido por el Santo Padre en la carta de convocación. El Sínodo de
los Obispos con su Secretaría General permanente no forma parte de la
Curia Romana y no depende de ella; sino que está directa y
exclusivamente bajo la autoridad del Santo Padre, al cual permanece
unido en el gobierno universal de la Iglesia.
Aún cuando el Sínodo de los Obispos es una institución de carácter
permanente, sus funciones y su concreta colaboración no tienen tal
carácter. En otras palabras, el Sínodo de los Obispos se reúne y actúa
solo cuando el Santo Padre considera necesario y oportuno consultar al
episcopado, el cual durante un encuentro sinodal expresa su opinión
"sobre argumentos de gran importancia y gravedad" (Pablo VI, Discurso a
los Cardenales , 24 de junio de 1967). La finalidad de cada asamblea
sinodal es vivir una experiencia de colegialidad entre el episcopado y
el Santo Padre. A través de la aceptación del Santo Padre de las
sugerencias o conclusiones de una determinada asamblea, el episcopado
ejerce una actividad colegial que se aproxima pero que no coincide con
aquella manifestada en un concilio ecuménico. Esto es un resultado
directo de varios factores: de una presencia de Padres provenientes del
entero episcopado, de la convocación de parte del Santo Padre y de "la
unidad del episcopado, el cual, para ser uno, necesita una Cabeza del
Colegio" (Juan Pablo II, Pastores gregis, 56), que es primero en el
orden episcopal.
Fuente:"http://www.vatican.va/"www.vatican.va
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Etimología
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Asamblea
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Etimológicamente
hablando la palabra "sínodo", derivada de los términos
griegos syn (que significa "juntos") y hodos (que significa
"camino"), expresa la idea de "caminar juntos". |
Para dar informaciones
sobre las reuniones y la marcha del Sínodo se constituye una
junta especial, compuesta por el Secretario General, el
Presidente del Pontificio Consejo para las Comunicaciones
Sociales, dos Padres sinodales designados por el Presidente
Delegado, y el Secretario Especial. |
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